PREGUNTAS

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Q:

¿Qué es Matrícula Especial y a quién afecta?

A

Matrícula Especial es un proceso obligatorio de matrícula que aplica a ciertos individuos que vienen de países designados, y están en los Estados Unidos como no inmigrantees. Para ver una lista actual de los países que se afectan por favor visite la página principal del Servicio de la Inmigración y la Naturalización. Se diseña para crear una base de datos específicos no nacional y proporcionó por el Servicio de la Inmigración y la Naturalización con una oportunidad de interrogar los individuos dijos en el interés de la seguridad nacional.



Q:

¿Qué es la diferencia entre una visa de inmigrante y un no visa de inmigrante?

A

Generalmente, las visas se separan en dos categorías: inmigrante y no inmigrante. Las visas del inmigrante son visas permanentes, en otras palabras tarjetas verdes. Los poseedores de la tarjetas verdes, también conocidos como residentes permanentes, son clasificados como poseedores de visa de inmigrante. No visas de inmigrante son visas temporarias. Estas visas son sólo válidas para una cantidad específica de tiempo.



Q:

¿Si soy un “residente permanente” por qué mi tarjeta verde se expira en diez años?

A

La posición del residente permanente es permanente tan larga como el individuo obedece las leyes de la inmigración de los Estados Unidos. Las tarjetas verdes (la evidencia física de la posición Permanente de Residencia) era válido indefinidamente, sin embargo en un esfuerzo de mantener los archivos exactos el Servicio de la Inmigración y la Naturalización puso bajo el mandato hace varios años que tarjetas verdes se tendrían que reemplazar cada diez años. Esto es semejante a la renovación de un pasaporte.



Q:

¿Cómo puedo llegar a ser un ciudadano de los Estados Unidos?

A

En general Ciudadanía de los estados unidos es adquirida por el nacimiento, por la matrícula, por la transmisión, o por la aplicación. Todas personas que nacen en los Estados Unidos son, por la ley, ciudadanos de los Estados Unidos a menos que sus padres sean diplomáticos. Las personas nacidas fuera de los Estados Unidos a padres ciudadanos de los Estados Unidos son permitidas a la ciudadanía, sin embargo el registró nacimiento con una embajada de los Estados Unidos o consulado. Si usted nace el exterior de los Estados Unidos y uno de sus padres son Ciudadano de los Estados Unidos, es posible que esa ciudadanía puede ser transmitida a usted por su padre. Hay varios factores determinantes implicados y un abogado debe ser consultado para discutir la cuestión. La última opción para adquirir la ciudadanía de los Estados Unidos deberá ser solicitada. Los residentes permanentes que obtuvieron la posición permanente de residencia basada sobre su relación a un Ciudadano de los Estados Unidos deberán solicitar la ciudadanía tres años después que ellos obtienen la posición como un residente permanente. Si la posición como un residente permanente es obtenido de otro modo entonces el período que espera para solicitar la ciudadanía es cinco años.



Q:

Qué son las categorías diferentes de visas Temporarias de trabajo?

A

Por favor ve nuestra discusión en <a href="http://teplenlaw.com/spanish/busemp_petitions.htm#A>visas temporarias de empleo.



Q:

Tengo una oferta de empleo en los estados unidos, yo puedo traer mi familia conmigo?

A

Visas Temporarias de empleo permiten que su cónyuge y niños lo acompañen.



Q:

Estoy en los Estados Unidos con una visa temporaria del trabajo. Mi cónyuge tiene una visa derivada. ¿mi autorización de trabajo se extiende a ella?

A

La Autorización para trabajar no extiende a un cónyuge, sin embargo su cónyuge puede solicitar una visa del trabajo separada. La autorización del trabajo está disponible para cónyuges que tienen la posición de L-2 J-2.



Q:

Tengo una visa H-1B. ¿Puedo trabajar en más de un trabajo?

A

Visas H-1B son específicas al empleador y el trabajo específico para el empleador. Si desea trabajar en un trabajo adicional usted debe solicitar otra visa. Usted debe tener una visa separada para cada trabajo. Es permisible tener más entonces una visa H a la vez.



Q:

Tengo una visa H-1B y yo quiero cambiar mi trabajo, que tan largo tiempo sera antes de pueder cambiar los trabajos?

A

Las regulaciones recientes permiten que un individuo comience un trabajo nuevo una vez que el Servicio de Inmigración y Naturalización haya recibido la aplicación para una visa nueva.



Q:

Qué es el requisito de dos años en su país nativo?

A

El requisito de dos años en su país nativo es una obligación para gente que entra los Estados Unidos en la posición “J” para volver a su país nativo por un período de dos años antes de ser elegibles de obtener la mayoría del otras no visas de inmigrante o llegar a ser un residente permanente.



Q:

Cómo sé si soy sujeto al requisito de dos años en su país nativo?

A

Por favor ve a nuestra discusión <a href="http://teplenlaw.com/spanish/student.htm#H>en el requisito de dos años en su país nativo.



Q:

Si soy sujeto al requisito de dos años en su país nativo tengo algún recurso?

A

Puede ser posible tener el requisito de dos años en su país nativo renunciado. Por favor vea nuestra discusión en el requisito de dos años en su país nativo.



Q:

Vine a los estados unidos como un visitante J-1 y mi cónyuge es un J-2. ¿Mi cónyuge es sujeto al requisito de dos años en su país nativo también?

A

Sí. Si el poseedor primario de la visa es sujeto al requisito de dos años en su país nativo entonces el poseedor derivado de la visa es sujeto también.



Q:

Para propósitos de una E-1 Visa, cuáles países se designan como países de “Comerciante de Tratado”?

A

Por una lista actual de los países de “Comerciante de Tratado” por favor contacte a Teplen & Associates, PLLC.



Q:

Para propósitos de una E-2 Visa, cuáles países se designan como países de “Inversionista de Tratado”?

A

Para una lista actual de los países de “Inversionista de Tratado” por favor contacte a Teplen & Associates, PLLC.



Q:

Qué es “procesamiento de prima” y quién tiene derecho? Premio que Procesa Servicios

A

Procesamiento de prima es un servicio que el Servicio de Inmigración y Naturalización ofrece facilitar ciertos peticiones de no inmigrante por un honorario. Las categorías de la visas siguientes tienen derecho para procesamiento de primR: E-1, E-2, H-1B, H-2B, H-3, L-1, O-1, O-2, P-1, P-2, P-3, TN, Q-1, y R.



Q:

Qué es la posición de “residente permanente condicional”?

A

Los individuos que solicitan la posición residente permanente es basada sobre el casamiento, si el casamiento fundamental es menos de dos años viejos en el tiempo de las emisiones de la posición de residencia, se acuerdan la posición residente permanente condicional. Esencialmente, la posición residente permanente condicional no es diferente que la posición permanente sin embargo, esos individuos en la posición Residente Permanente Condicional deben hacer una aplicación separada al Servicio de la Inmigración y la Naturalización en el período de tres mes antes del aniversario de dos años de la fecha que esa posición residente permanente condicional se obtuvo. El propósito de esta aplicación es de reducir el fraude y permitir que la Inmigración y la Naturalización atiendan una oportunidad extra para verificar que el casamiento es verdadero.



Q:

Puedo llegar a ser un residente permanente basado en mi inversión en los Estados Unidos?

A

Si un individuo invierte por lo menos uno millones de dólares en una empresa comercial nueva y esa empresa empleará por lo menos diez empleados dentro de dos años entonces una aplicación para la posición de residente permanente se puede someter. Si la inversión es hecha en un área designada por el gobierno de Estados Unidos como un área del desempleo alto entonces un individuo puede calificar para llegar a ser un residente permanente con una inversión de quinientos mil dólares. Una inversión calificativa se puede hacer también en una empresa existente dada las circunstancias correctas.



Q:

Tengo una convicción criminal, puedo llegar a ser todavía un residente permanente?

A

Ciertas convicciones criminales pueden prevenirlo de llegar a ser un residente permanente mientras los otros no intervendrán. Usted debe contactar Teplen & Associates, PLLC para más información



Q:

Qué es “245(i) y me afectara?

A

Si usted ha archivado previamente una petición de inmigrante o certificación de trabajo antes de el 30 de abril de 2001 entonces usted puede beneficiar por esta ley que permitirá usted llegar a ser un residente permanente aunque usted entro a los Estados Unidos ilegalmente. Si usted piensa que usted puede quedar en esta categoría por favor contacto Teplen & Associates, PLLC para que puedan explorar sus opciones.



Q:
A


Q:
A