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visas Del Estudiante

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Visas del Estudiante/Entrenamiento

Hay muchas opciones disponibles para esas gentes que desean de entrar a los Estados Unidos para propósitos de formación profesional o estudio académico en el adelantemiento de un título. La mayoría de las visas de estudiante permiten el individuo para estudiar o entrenar en los Estados Unidos con restricción pequeña. Típicamente, en la terminación de estos estudios el individuo entonces puede cambiar su posición o trabajar en los Estados Unidos, o permanecer en los estados unidos por una relación familiar. Sin embargo, en el caso de J-1 y J-2 el individuo poseedor de visa es requerido a menudo a volver a su país nativo por un período de dos años sobre la terminación de su instrucción en los Estados Unidos. Este requisito se basa sobre acuerdos entre el Gobierno de los Estados Unidos y el gobierno nativo del individuo, así como también el acuerdo entre el individuo y el Gobierno de estados unidos. Este requisito muchas veces puede ser renunciado cuál permitirá que el individuo permanecerá en los Estados Unidos sin volver a su hogar por un período de dos años.

Las categorías de las visas de estudiante e entrenamiento son las siguientes:

  Visas Descripción Tiempo Limitado/Extensiones
1) F Estudiante en un programa académico o capacitación de idioma. La duración de la posición
2) J Visitante de intercambio Varía dependiendo del programa.
3) M Estudiante en un programa vocacional u otro programa no académico reconocido.
Varía dependiendo del programa.
4) Q-1 Participante en un programa cultural internacional de intercambio. 15 meses máximo.
5) Q-2 Cultural y participante Irlandés de programas de intercambio. 36 meses máximo.

Visas J-1

Para esos individuos que entraron los Estados Unidos en una visa de entrenamiento J-1, puede ser sujeto al “requisito de dos años en su país nativo”. Este requisito lo impide de cambiar posición en los Estados Unidos, al menos que sea un poseedor de visa "O", hasta que tal tiempo que usted haya vuelto a su país nativo por un período de por lo menos de dos años. Afortunadamente, este requisito no es absoluto y puede ser renunciado.

No todos recipientes una visa de entrenamiento J-1 estan en sujeción al requisito de dos años en su país nativo. Típicamente, una anotación se hará en la forma IAP-66 de los individuos cuando ellos reciben la visa J en cuanto a si o ellos no sean sujetos al requisito de dos años en su país nativo. Sin embargo, esta anotación no ata y debe sólo ser usado como una indicación primaria.

El requisito de dos años en su país nativo aplica en las situaciones siguientes:

1) Si la participación de individuos en el programa J-1 se financió, en el total o en parte, por cualquier agencia del gobierno, si es el país nativo del individuo o el gobierno de los Estados Unidos.
2)

Si en el tiempo que el individuo obtuvo la visa J su país nativo había listado la especialidad o habilidad del individuo como uno que es necesitado en el país nativo. Esto es determinado por el Departamento de los Estados Unidos de la lista de habilidades del Estado.

3) Si el individuo recibió el entrenamiento o la educación de las clínicas graduadas médicas como parte de su programa educativo mientras en los Estados Unidos.

El proceso de quitar el requisito de dos años en su país nativo es una tarea compleja que requiere las aplicaciones con el Departamento de los Estados Unidos del Estado, el Servicio de la Inmigración y la Naturalización, así como también las múltiples Agencias Interesadas del Gobierno. La renuncia del requisito de dos años en su país nativo se puede alcanzar por los medios siguientes:

1) "No Carta de Objección" Deber que el país nativo del individuo concuerda en renunciar el requisito de dos años en su país nativo, y si el Departamento de los Estados Unidos del Estado concuerda, esto puede ser la base de una aplicación con el Servicio de la Inmigración y la Naturalización. Esta avenida generalmente no está disponible para médicos que han recibido el entrenamiento o la educación de las clínicas graduadas médicas en los Estados Unidos como un poseedor de la visa J-1; aunque en ciertas circunstancias una modificación a esta estrategia puede estar disponibles a médicos.
2) La Renuncia de la Dificultad o la Persecución Si el individuo puede mostrar que volviendo a su país nativo causaría la dificultad extrema a su cónyuge que es ciudadano de los Estados Unidos o niño, o si se puede mostrar que el individuo sera forzado a volver a su hogar que él/ella sería persecutado con sujeción basada en la raza, en la religión, o en la opinión política, entonces el requisito de dos años en su país nativo sera renunciado.
3)

La Agencia Interesada del Gobierno Si una agencia del Gobierno de los Estados Unidos concuerda en patrocinar una aplicación para una renuncia del requisito de dos años en su país nativo a favor del poseedor de la visa J–1, el requisito de dos años en su país nativo se puede renunciar. Esto es muchas veces la mejor opción para médicos.

4)

El Programa 30 del Estado Conrad: El Gobierno Federal permite que cada estado otorgue visas J-1 a treinta médicos calificados cada año, con tal de que estos médicos concuerden en trabajar en un área médico federalmente designada no reservado por un período de tres años.

5)

Imposibilidad del Desempeño Si el individuo puede probar que él/ella es incapaz de volver su país nativo porque el gobierno del país nativo no permitira la entrada en el país de él/ella, entonces del requisito de dos años en su país nativo se puede renunciar.

A través de las pasadas tres décadas Teplen & Associates, PLLC ha mostrado un nivel ejemplar de éxito en aplicaciones para renunciar del requisito de dos años en su país nativo y ha ayudado en el diseño y la administración de programas de renuncia. Nuestra experiencia con aplicaciones para renunciar el requisito de dos años en su país nativo para médicos ha sido extraordinariamente bien recibido. Teplen & Associates, PLLC se asocia con varios hospitales, con los dispensarios, con científicos de investigación, y con las prácticas privadas en Nueva York y a través de la nación.

 
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